miércoles, 17 de octubre de 2012

CASOS PRACTICOS

CONTABILIZACION DE LOS DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES
En el ámbito de los negocios, como parte de las transacciones comerciales los proveedores conceden beneficios a sus clientes por las ventas que realizan por diferentes conceptos, y en diferentes circunstancias que se materializan en pago de menos de los precios que pagan sus compradores,  justamente el Plan Contable General Empresarial tiene como parte de su estructura de cuentas, 4 cuentas que se han considerado para el registro de estas operaciones, Sin embargo este tema no ha sido abordado con la amplitud que se merece, y no existe material bibliográfico publicado que trate sobre este tema, por lo que hemos preparado el presente trabajo, deseando contribuir en su esclarecimiento, a la vez que sirva de material de estudio para los alumnos.
CONCEPTOS DE DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES
Los conceptos según las definiciones que se encuentran en el diccionario aparentemente son las mismas que podríamos considerarlas palabras sinónimas, sin embargo buscando información adicional en el lenguaje de los negocios podemos determinar las siguientes definiciones:
A.    DESCUENTOS
Reducción sobre el precio de venta debido a:
1.       Volumen de ventas
2.       Calidad del cliente
3.       Condición de pago
4.       Otros similares
Se concede normalmente en cualquier tiempo
B.    REBAJAS
Reducción sobre el precio de venta debido a:
1.       Cambio de moda
2.       Fin de temporada
3.       Defectos en la calidad
4.       Otros similares
Se concede excepcionalmente en algún tiempo
C.    BONIFICACIONES
Mercadería adicional que se recibe por:
1.       Volumen de ventas
2.       Plazo de entrega
3.       Pagos al contado
4.       Casos especiales

CUENTAS QUE REGISTRAN LOS DESCUENTOS
El Plan Contable General Empresarial, tiene como parte de su estructura 4 cuentas que sirven para registrar los descuentos:
67 GASTOS FINANCIEROS
675 Descuentos concedidos por pronto pago
77 INGRESOS FINANCIEROS
775 Descuentos Obtenidos por pronto pago
73 DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICIACIONES OBTENIDAS
74 DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES CONCEDIDAS
En el lenguaje de los negocios se utilizan conceptos técnicos como los que se encuentran en el Plan Contable General Empresarial:
·         Descuento dentro de factura
·         Descuento fuera de factura
También en el ámbito comercial, se pueden determinar dos tipos de descuentos, que son las siguientes:
·         Descuentos comerciales
·         Descuentos financieros
Para entender mejor el tema que venimos desarrollando debemos establecer que significan cada uno de estos conceptos.
1.       DESCUENTO DENTRO DE FACTURA
De acuerdo al principio de Valuación al Costo, los activos se registran al momento de su adquisición y se valorizan por el monto que se paga, incluyéndose todos los gastos vinculado con la compra, hasta que el activo se encuentre en los almacenes o listos para su uso, esto quiere decir que solo se considera el monto neto que se paga, debiéndose excluir cualquier tipo de descuento que se considere al momento de la compra, lo que equivale a decir que dichos descuentos no deben registrarse en la contabilidad, el registro de la compra debe ser por el importe neto.
Este criterio se enuncia en los diversos párrafos de las NICS relacionados con la valoración de los activos al momento de su reconocimiento inicial, como los considerados en el párrafo 11 Costos de adquisición de la NIC 2 Inventarios, literal a) del párrafo 16 Componentes del costo de la NIC 16 Propiedad Planta y Equipo, literal a) del párrafo 27 Costo del activo Intangible de la NIC 38 Intangibles, Párrafo 20 de los costos iniciales de la NIC 40. Propiedades de Inversión.
A estos tipos de descuentos se denominan dentro de factura, lo que equivale a decir que cualquier  descuento al momento de la compra, debería estar en la factura, descuento que no se considera en la contabilidad.
Estos descuentos también se consideran descuentos comerciales, debido a que tiene la intención de beneficiar el proveedor a su cliente, por realizar sus compras por volúmenes significativas, calidad de los clientes o compras al contado. Estos pueden ser con descuentos en los precios de los productos o entrega de mercaderías adicionales sin costo.
2.    DESCUENTO FUERA DE FACTURA
Estos descuentos si se contabilizan, los descuentos fuera de factura, son aquellos que se obtienen en una fecha posterior, es decir  distinta a la operación original, a estos descuentos se denominan fuera de factura porque para su registro requiere que el proveedor emita otro documento para su registro en la contabilidad, justamente para disminuir el monto considerado en la factura que dio inicio a la operación, este documento se denomina Nota de Abono o Crédito.
Los descuentos fuera de factura a la vez se clasifican en dos denominados:
Descuento Comercial
Descuento Financiero
2.1     DESCUENTO COMERCIAL
Este descuento es propiciado por el proveedor quien concede descuentos u otros beneficios a sus clientes por sus compras por volúmenes significativos o constantes a quienes los considera buenos clientes, estos descuentos pueden estar dentro o fuera de factura, como ya vimos en el caso de los descuentos dentro de factura estos no deben ser contabilizados, mientras que los que son fuera de factura si se contabilizan.
Los casos exclusivos en las que el proveedor concede descuentos a sus clientes pueden ser por ejemplo, por fechas especiales como el aniversario de la empresa, en las que mediante sorteos de los clientes exclusivos, otorga descuentos sobre las deudas que tienen se denominan descuentos comerciales.
Para concretarse estos descuentos los proveedores emiten notas de crédito o abono en las que indican los montos de los descuentos que deben ser registrados
Los descuentos comerciales deben ser tratados de la siguiente manera:
2.1.1  Para el comprador:
Siguiendo los criterios de reconocimiento inicial de los activos, estos descuentos fuera de factura es decir posterior a la fecha de valoración inicial, deben registrarse disminuyendo el valor de los activos y no como ingresos.
Debemos tener presente que lo establecido en las normas contables relativas a la adquisición de activos (NIC 2, NIC 16, NIC 38 Y NIC 40). Determinan que los descuentos a la fecha de adquisición no se toman en cuenta, sin embargo están normas no exponen  como se tratan los descuentos que se obtienen en fechas posteriores a ese reconocimiento inicial.
Consideramos que por razones prácticas, cuando las mercaderías se han vendido, o no es factible prorratear los descuentos entre los artículos adquiridos, deben registrarse la totalidad de los descuentos como ingresos en la cuentas 73 Descuentos, Rebajas y Bonificaciones obtenidas.
De igual manera si los descuentos comerciales obtenidos posteriores al reconocimiento inicial, es decir fuera de factura, está relacionado con la compra de activos inmovilizados, en este caso deberían rebajarse el valor de estos activos, y en todo caso debería ajustarse cualquier depreciación o amortización que se venía realizando antes de los descuentos obtenidos, a menos que estos activos no se encuentren o estén totalmente depreciados, en tal caso se utilizara la cuenta 73 Descuentos, Rebajas y Bonificaciones obtenidas.
2.1.2 Para el vendedor
Para el vendedor debe registrarse los descuentos concedidos como una rebaja a las ventas.
Se ha considerado para este caso la cuenta 74 Descuentos, Rebaja y Bonificaciones concedidas
Esta cuenta es de saldo deudor, y se presente disminuyendo el valor de las ventas en el estado de Resultados, para mostrar las Ventas Netas del ejercicio.
2.2   DESCUENTO FINANCIERO
El descuento financiero llamado también descuento por pronto pago, es un descuento fuera de factura, es decir después del reconocimiento inicial, este descuento se diferencia del descuento comercial, porque la iniciativa nace del cliente quien por razones de disponibilidad de liquides  cancela sus créditos antes de su vencimiento, obteniendo a cambio una rebaja de los intereses.
Los descuentos financieros deben ser tratados de la siguiente manera:
2.2.1 Para el comprador:
Como la cancelación de la deuda viene a ser un desembolso de dinero que está destinada a la extinción de la deuda y eliminación de los intereses, por lo que se considera una operación financiera, por lo que el importe referido a los descuentos debe contabilizarse en la cuenta 77 Ingresos Financieros.
2.2.2 Para el vendedor:
Al efectuarse los descuentos fuera de factura, posteriores al reconocimiento inicial que consiste en la eliminación de los intereses, derivados de una cancelación de una deuda antes de su vencimiento se registrara como una operación de financiamiento, contabilizándose en la cuenta 67 Gastos Financiero.
ASPECTO TRIBUTARIO
Normas Relativas al IGV
El literal b del Artículo 14 del TUO de la Ley del IGV, establece que no forman parte del valor de venta, los descuentos que consten en el comprobante de pago, en tanto resulten normales en el comercio.
Así mismo el numeral 13 del artículo 5 del Reglamento del TUO del IGV que los descuentos que se concedan u otorguen no forman parte de la base imponible siempre que:
a)       Se trate de prácticas usuales en el mercado o que respondan a determinadas circunstancias tales como pago anticipado, monto volumen y otros;
b)       Se otorguen con carácter general en todos los casos en que ocurran iguales condiciones
c)       No constituyan retiro de bienes
d)       Conste en el comprobante de pago o en la nota de crédito respectiva.

Normas Relativas a los comprobantes de Pago (Nota de Crédito)
Con relación a los comprobantes de pago que sustenta los descuentos, el numeral 1.1 del numeral 1 del artículo 10 del Reglamento de Comprobantes de pago establece que las Notas de crédito se emitirán por concepto de anulaciones, descuentos, bonificaciones, devoluciones y otros.
Estas notas de crédito de acuerdo al numeral 1.2 del numeral 1 del artículo 10 del Reglamento de Comprobantes de pago, señala que deberán contener los mismos requisitos y características de los comprobantes de pago otorgados con anterioridad.

Finalmente el numeral 1.4 del numeral 1 del Reglamento de Comprobantes de Pago establece que, en el caso de descuentos o bonificaciones, solo podrán modificar comprobantes de pago que den derecho a crédito fiscal o crédito deducible, o sustenten gasto o costo para efectos tributarios.
RESUMEN DEL ASPECTO TRIBUTARIO
Los descuentos dentro de factura, no forman parte del valor de venta, por tanto no conforman la base imponible para el cálculo del impuesto general a las ventas,
Para los casos de los descuentos fuera de factura, para su registro se deben emitir las Notas de Crédito, que contengan los mismos requisitos y características del documento original que se modifica, por tanto se ajusta el IGV en la proporción correspondiente.
Los descuentos fuera de factura también modificaran los documentos iniciales que sustentaban gastos o costos que fueron reconocidos para efectos del impuesto a la Renta.

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